lunes, 19 de septiembre de 2016

Dia del Lector - 24 de agosto

Ley 26.754 Institúyase el día 24 de agosto como “Día del Lector”, en conmemoración y homenaje al día del natalicio del escritor argentino Jorge Luis Borges. Sancionada: Junio 27 de 2012 Promulgada: Julio 25 de 2012
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Instituir el día 24 de agosto de cada año como “Día del Lector”, en conmemoración y homenaje al día del natalicio del escritor argentino Jorge Luis Borges. ARTICULO 2º — Encomendar al Poder Ejecutivo Nacional la realización en dicha fecha de actos de divulgación de la lectura y de reconocimiento a la obra y a la trayectoria de Borges, como figura insoslayable de la literatura nacional y universal. ARTICULO 3º — Invitar a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley. ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA VEINTISIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DOCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.754 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Gervasio Bozzano.